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Qué hacer después de un accidente laboral: la guía que ojalá no necesites

  • 5 jun
  • 5 min de lectura

Un accidente en el trabajo no avisa. En cuestión de segundos, lo que era una jornada normal se convierte en una situación con consecuencias médicas, económicas y legales que podés no haber previsto. Y en ese momento (con el dolor, el susto y la confusión encima) las decisiones que tomás en las primeras horas importan más de lo que parece.

Qué hacer después de un accidente laboral: la guía que ojalá no necesites

La Argentina tiene un sistema específico para cubrir a los trabajadores frente a los infortunios laborales: la Ley de Riesgos del Trabajo N.° 24.557 y sus normas modificatorias, entre las que sobresale la Ley 27.348 de 2017. Ese marco legal establece obligaciones concretas para el trabajador, el empleador y la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Conocerlas antes de que te sucedan (o apenas ocurran) puede ser la diferencia entre cobrar lo que te corresponde o perder derechos por cuestiones formales.


Primero: avisá a tu empleador y dejá constancia

El primer movimiento que tenés que hacer es notificar al empleador, ya sea verbalmente al supervisor inmediato o por escrito. No importa si el accidente parece menor: un mensaje de WhatsApp, un correo o una nota firmada son prueba y tienen valor legal.


¿Por qué importa esto? Porque a partir del momento en que el empleador toma conocimiento del hecho, empieza a correr un plazo legal para que él mismo haga la denuncia ante la ART: 48 horas hábiles, según lo establece el Decreto 717/96 reglamentario de la LRT. Si el empleador no cumple con esa obligación en tiempo y forma, la infracción puede derivar en que deba asumir personalmente costos que le corresponderían a la aseguradora, lo que lo convierte en un incentivo fuerte para actuar.


Lo que sí sucede frecuentemente en la práctica es que algunos empleadores demoran la denuncia o intentan relativizar el accidente para no activar el sistema. Por eso, la constancia escrita que vos generás al notificar no es un formalismo: es tu respaldo.


Anotá la hora exacta, el lugar, la descripción de lo que pasó y quiénes estaban presentes. Guardá todo.


Segundo: denunciá vos mismo ante la ART

Que el empleador tenga la obligación de denunciar no significa que debas esperar a que lo haga. El art. 43 del Decreto 717/96 también reconoce tu derecho a hacer la denuncia de manera directa ante la ART que cubre a tu empresa. No delegues eso.


Si no sabés qué ART cubre a tu empleador, podés encontrarlo en tu recibo de sueldo, preguntarlo en recursos humanos o buscarlo en el sitio de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en srt.gob.ar ingresando el CUIT del empleador. La denuncia podés hacerla de forma presencial, telefónica o por los canales digitales que habilite cada aseguradora.


Una vez radicada la denuncia, la ART tiene 10 días hábiles para rechazarla (plazo prorrogable por otros 10 días hábiles si te lo notifica). Si no rechaza en ese período, la cobertura queda reconocida y la aseguradora debe prestarte atención médica. Si rechaza, empiezan a activarse otros caminos que más adelante te explicamos.


Si la ART dilata la respuesta, te niega atención o simplemente no reacciona, tenés un recurso inmediato: llamar a la SRT al número gratuito 0800-666-6778 y radicar una queja formal. Ese canal existe precisamente para estos casos.


Tercero: exigí atención médica desde el primer minuto

La atención médica es una obligación de la ART que no está sujeta a ningún trámite previo. No esperes a que "se resuelva la denuncia". La cobertura médica arranca desde que ocurre el accidente.


Si la situación es urgente o hay riesgo de vida, concurrí al hospital más cercano sin esperar el circuito de la ART. Los gastos de esa atención de emergencia quedan a cargo de la aseguradora.


Después informale lo sucedido a la ART, pero no pierdas tiempo valioso esperando su autorización.


Durante todo el proceso médico, documentá cada paso: turnos, historia clínica, estudios de diagnóstico por imágenes, nombre de los médicos que te atendieron, constancias de alta o de incapacidad temporaria, recetas y facturas de medicamentos. Esta documentación no es burocracia: es la base de cualquier reclamo futuro por incapacidad permanente. En muchos casos que llegaron a nuestro estudio en Neuquén, la falta de registros médicos completos redujo significativamente la compensación que el trabajador terminó recibiendo.


Antes de firmar cualquier documento que te entregue la ART, leelo completo. Si tenés dudas, consultános antes de estampar la firma.


Cuarto: reuní pruebas desde el primer momento

Este paso es el más subestimado y el que más diferencia hace. En el sistema de riesgos del trabajo, la carga probatoria recae en buena medida sobre el propio trabajador, especialmente cuando la ART decide rechazar la denuncia o cuestionar el grado de incapacidad.


Fotografiá el lugar del accidente cuanto antes, antes de que el empleador modifique las condiciones: el estado del suelo, la maquinaria, la ausencia de elementos de seguridad o cualquier condición que haya contribuido al hecho. Anotá nombre, apellido y contacto de los compañeros que lo presenciaron. Conservá todos los mensajes intercambiados con el empleador y la ART. Reuní tus recibos de sueldo anteriores, porque son la base para calcular el ingreso base mensual sobre el que se calculan las prestaciones económicas. Y si trabajabas en negro o con registración irregular, recopilá cualquier prueba de la relación laboral: fotos en el lugar de trabajo, mensajes, transferencias, testimonios.


Organizá todo en una carpeta (física y digital), cuando nosotros te la pidamos va a ser clave.


Quinto: entendé el camino legal antes de reclamarlo

Este punto no estaba en muchas guías anteriores a 2017, pero desde la sanción de la Ley 27.348 y la confirmación de su constitucionalidad por la Corte Suprema en 2021 y 2025, es absolutamente central: antes de poder acceder a la justicia laboral, tenés que transitar una instancia administrativa previa y obligatoria ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales.


Eso significa que si la ART rechaza el accidente, o si determina un porcentaje de incapacidad que no te parece correcto, el camino no es ir directamente al juzgado. Primero hay que presentarse ante la Comisión Médica de la jurisdicción correspondiente, con patrocinio letrado obligatorio. La Comisión tiene 60 días hábiles para expedirse. Recién agotada esa instancia (o si el trabajador considera insuficiente la resolución) queda habilitada la vía judicial.


Entender esto desde el principio es crucial para no perder tiempo, no quemar plazos y no llegar al juzgado con un expediente mal armado. Un abogado especializado en ART conoce ese recorrido y puede evitarte meses de demoras evitables.


Lo que puede pasar si no actuás bien desde el principio

No son advertencias teóricas. En toda la región los casos en los que el trabajador perdió cobertura o redujo significativamente su compensación casi siempre tienen alguno de estos errores en común: no avisaron al empleador en tiempo y forma, no hicieron la denuncia ante la ART de manera directa, firmaron documentos sin leerlos, o no conservaron pruebas del accidente ni del tratamiento médico.


Cada uno de esos errores tiene una consecuencia concreta. El sistema de riesgos del trabajo tiene plazos estrictos, formularios específicos y procedimientos que, si no se cumplen, pueden ser usados por las aseguradoras para intentar limitar o rechazar los reclamos. El conocimiento de esos mecanismos (y el acompañamiento de alguien que los conozca bien) es lo que equilibra la balanza.


¿Te pasó en Neuquén o en Rio Negro? Consultanos

En Scilipoti & Fernández atendemos casos de accidentes de trabajo y reclamos ante ART en Neuquén y Rio Negro, con consultas virtuales para trabajadores que están lejos o que no pueden moverse.

Si sufriste un accidente laboral o la ART está tardando, rechazando o minimizando tu reclamo, contactanos.

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